Los vehículos destinados a trabajos agrícolas y forestales están obligados por el **Real Decreto 920/2017** a someterse a inspecciones periódicas de ITV. Dado que muchos de estos vehículos no superan velocidades elevadas o realizan trayectos limitados por vías públicas, el procedimiento y la periodicidad difieren considerablemente de los vehículos de turismo comunes.

Resumen técnico: Los tractores y maquinaria autopropulsada cuya velocidad máxima homologada por diseño supere los 25 km/h deben superar la ITV periódica. La periodicidad se reduce de forma progresiva según la antigüedad de la máquina, requiriendo un examen minucioso del bastidor, anclajes de seguridad y sistemas de frenado.

Periodicidad oficial de la ITV para tractores y maquinaria agrícola

La frecuencia con la que un tractor o remolque agrícola debe acudir a una estación técnica autorizada varía en función del tipo de vehículo y sus años de antigüedad:

  • Tractores agrícolas estándar (velocidad de diseño <= 40 km/h):
    • De 0 a 8 años: Exentos de pasar la inspección.
    • De 8 a 16 años: Inspección obligatoria cada 2 años (bienal).
    • Más de 16 años: Inspección obligatoria de forma anual.
  • Tractores agrícolas de alta velocidad (velocidad > 40 km/h):
    • De 0 a 4 años: Exentos.
    • De 4 a 16 años: Bienal (cada 2 años).
    • Más de 16 años: Anual.

El servicio de Estaciones de ITV Móviles

Debido a las dificultades obvias de movilidad de los tractores y cosechadoras pesadas por carreteras convencionales, las comunidades autónomas organizan de manera periódica **campañas de ITV móviles**. Se trata de unidades móviles equipadas con frenómetro de rodillos y analizadores portátiles que se desplazan de forma programada a cooperativas agrícolas, polígonos industriales y ayuntamientos de zonas rurales. El calendario de visitas se puede consultar directamente en las webs autonómicas oficiales.

Puntos de revisión técnicos específicos en la inspección agrícola

Además de los elementos mecánicos habituales, en los tractores se revisa con especial rigor:

  1. Estructura de protección antivuelco (ROPS): Cabina o bastidor de seguridad homologado para proteger al conductor. Debe coincidir con la documentación y no presentar reformas o soldaduras de reparación caseras sin certificar.
  2. Alumbrado de señalización especial: Obligatorio el funcionamiento de la luz rotativa de señalización de color amarillo auto (V-2) y las placas reflectantes traseras.
  3. Frenado y dirección: Comprobación de la holgura en las rótulas y pivotes de las ruedas directrices delanteras y eficacia del sistema de frenado de servicio.
  4. Enganche de remolque: Estado del bulón, pasadores de seguridad y holgura del mecanismo de tracción trasero.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si solo circulo por el interior de mi finca privada?

Los tractores que operen estrictamente dentro de terrenos privados vallados y no circulen en ningún momento por caminos públicos o carreteras están exentos de la ITV. No obstante, si deben cruzar una vía pública para cambiar de finca, la ITV y el seguro deben estar en vigor.

¿Los remolques agrícolas también deben pasar la ITV?

Sí. Los remolques de carga agrícola especiales con una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a los 750 kg están sujetos a la misma periodicidad de ITV que los tractores (exentos los primeros 8 años, bienal hasta los 16 y anual posteriormente).

¿Qué tasas oficiales se aplican a los tractores?

Las tarifas están reguladas por cada comunidad autónoma, variando sustancialmente si la inspección se realiza en estación fija o a través de la unidad móvil en campo.

MG
Revisado por experto

Mario Gómez

Ingeniero de Automoción y Ex-Inspector de ITV

Mario cuenta con más de 12 años de experiencia en estaciones oficiales de inspección técnica en España. Todas nuestras guías mecánicas y consejos de pre-inspección han sido revisadas meticulosamente para ajustarse al Manual oficial de Procedimiento de Inspección de la DGT y el Ministerio de Industria.